Ámbito de cobertura: República Argentina
Actividad cubierta: Turismo Aventura
Gastos de ambulancia: Incluidos hasta la suma de ARS 50.000,00 (Bonificado 100%).
Gastos de sepelio: incluidos hasta la suma de ARS 150.000,00 (Bonificado 100%).
Actividades amparadas: tours en bicicletas, cabalgatas, práctica de canopy/tirolesa, carrovelismo, ciclismo, equitación, práctica de escalada/palestra/rappel, esquí de fondo, practica de kitesurf, mountain bike/rural bike, natación en aguas abiertas, regatas en aguas abiertas, esquí en pistas habilitadas, sandboard, snowboard, práctica de surf/wind surf/stand up paddle, dua/tria/tetra/pentathlon, turismo aventura no extremo, excursiones varias (bodegas, museos, etc.).
Cláusulas importantes: para la efectiva prestación de la cobertura deberán: respetarse las indicaciones y recomendaciones de la autoridad de aplicación; la actividad deberá desarrollarse dentro de un polígono o circuito delimitado y contar con plan de contingencia para emergencias a cargo de personal idóneo; deberá desarrollarse la actividad con personal experto o guía; las instalaciones deberán estar habilitadas por la autoridad de aplicación y la totalidad de los elementos deberán estar homologados por la entidad que regula la actividad, y estar en perfecto estado de uso y mantenimiento; las competencias deben estar fiscalizadas por la entidad que regula la actividad y habilitadas por la autoridad de aplicación.
Actividades en aguas abiertas: para la efectiva prestación de la cobertura deberán respetarse las indicaciones y recomendaciones de la autoridad de aplicación. Los equipos utilizados deberán ser los adecuados, estar homologados por la P.N.A., y contar con los certificados de inspección en plena vigencia. Condición excluyente: uso de chaleco salvavidas y casco, ambos homologados y en perfecto estado de uso y mantenimiento, asimismo la actividad deberá desarrollarse en un circuito delimitado.
Exclusiones: traslados, transportes, riesgo "in itinere", lesiones crónicas, muerte súbita, acv, incapacidad deportiva profesional, prótesis y ortesis. En caso de actividades náuticas, deberá cumplirse con los protocolos e indicaciones de la P.N.A., y deberán utilizarse elementos de seguridad homologados en perfecto estado de uso y mantenimiento, en particular casco y chaleco salvavidas. Cobertura hasta cursos de agua grado III. Todos los elementos y equipos deberán ser los adecuados para la actividad a desarrollar, y tener los certificados de seguridad en pleno vigor.
Es exclusión de cobertura la práctica libre de actividades. Todas las prácticas deben estar al amparo de una actividad supervisada.
Edades asegurables: desde 1 hasta 95 años